Mascarilla en el trabajo confirmada: obligación hasta el 30 de junio

La mascarilla seguirá siendo obligatoria en la oficina hasta el 30 de junio y no hasta el 15 como se suponía inicialmente. El gobierno y los sindicatos han decidido de mutuo acuerdo dejar el dispositivo de seguridad en el lugar de trabajo por un tiempo más. De hecho, fueron precisamente las asociaciones de trabajadores las que quisieron proceder con la máxima cautela.

Mascarilla en el trabajo: obligatoria hasta el 30 de junio

La mascarilla la deben llevar los trabajadores que comparten espacios, en oficinas, en tiendas o cadenas de montaje, o que entran en contacto con el público como en un supermercado.Y seguirán siendo proporcionados por los empleadores como "EPP" (equipo de protección personal).

La decisión se formalizará en breve. Sin embargo, se espera una nueva cumbre antes de finales de junio que evaluará la situación según la evolución de la pandemia y las posibles recaídas en el próximo otoño.

Federfarma llama a la cautela

Llamado a la cautela también desde Federfarma, que sugiere advertir nuevamente, con carteles pegados en las ventanas, que “siguen vigentes los protocolos relativos a las vacunas Covid y pruebas rápidas”. Y que entre las diversas medidas de seguridad a adoptar de forma estricta “también se contempla el uso de mascarillas”.

Y, aún así, «se mantiene la obligación de observar las disposiciones de distanciamiento físico. Usar la mascarilla para ser bajada solo al momento de tomar la muestra biológica. Desinfecte sus manos y controle su temperatura corporal inmediatamente antes de la prueba" .

Las reglas del Primero de Mayo

Desde principios de mes, las reglas sobre las máscaras han cambiado. La obligación de llevarlos ha terminado, en general, pero quedan algunas excepciones.

Hasta el 15 de junio seguirán siendo obligatorias en el transporte público local y de largo recorrido, en cines, teatros, locales de ocio y música en directo y para todos los eventos y competiciones deportivas de interior.

Obligación también para los trabajadores, usuarios y visitantes de los establecimientos sanitarios, sociosanitarios y de asistencia social, incluidos los RSA.

Permanecer en la escuela, como lo exige la ley ya vigente.

Los siguientes no están obligados a usar un dispositivo de protección respiratoria: niños menores de seis años; personas con patologías o discapacidades incompatibles con el uso de la mascarilla, personas que estén realizando actividades deportivas.

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